Términos y Condiciones generales
del programa Blue Flying
1.1 Definiciones
En estos Términos y Condiciones, salvo que el contexto especifique lo contrario, los términos que se indican a continuación deberán definirse de la siguiente forma:
“Air France”: AIR FRANCE, sociedad anónima, constituida según la legislación de Francia con domicilio social 45, rue de Paris, F-95747 Roissy CDG Cedex, Francia, y registrada en el Registro Mercantil de Bobigny con el número B 420 495 178.
“Premio Aéreo”: cualquier premio disponible en AIR FRANCE, KLM y las Líneas Aéreas Asociadas. En los Premios Aéreos se incluyen Billetes de premio, Premios de Promoción y Premios de exceso de equipaje.
“Línea Aérea Asociada”: cualquier compañía aérea, Línea Aérea Asociada a SkyTeam, Transportista Participante o Empresa Asociada Flying Blue por cuyos servicios se pueden conseguir Millas de Categoría y/o Millas de Premio y/o canjear Millas de Premio, tal y como se estipula en las Comunicaciones FB, publicadas con cierta regularidad.
“Premio”: premio obtenido dentro del Programa canjeando Millas de Premio en concordancia con los procedimientos establecidos en la Comunicación FB.
“Millas de Premio”: aquellas Millas obtenidas con AIR FRANCE, KLM, Líneas Aéreas Asociadas y Empresas No Aéreas Asociadas de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Comunicación FB. Las Millas de Premio se pueden emplear para obtener Premios.
“Premio de Promoción”: premio que permite viajar en la clase inmediatamente superior a la correspondiente al billete pagado.
“Sociedad”: AIR FRANCE y KLM, las compañías propietarias y gestoras del Programa.
“Centro de Atención al Cliente”: cualquier unidad de servicio debidamente autorizada por la Sociedad para prestar una gama de servicios en el marco del Programa.
“Fecha de afiliación”: fecha en que se firma el impreso de solicitud de afiliación de un solicitante apto o, en el caso de afiliación por Internet o e-mail, la fecha en la que la solicitud hubiese sido presentada a la Sociedad a través de Internet o del e-mail.
“FB”: abreviatura del Programa de fidelidad de la Sociedad con el nombre Flying Blue.
“Comunicación FB”: el conjunto de medios de comunicación empleados en el Programa: folletos del Programa, boletín informativo FB, correspondencia FB, página web FB e impresos de solicitud de afiliación a FB.
“Empresa Asociada”: cualquier línea aérea y Empresa No Aérea Asociada.
“Empresa Asociada Flying Blue”: cualquier línea aérea distinta de SkyTeam o de los Transportistas Participantes por cuyos servicios se pueden conseguir y/o canjear Millas de Premio, tal y como se estipula en las Comunicaciones FB, publicadas con cierta regularidad.
“Empresa Asociada SkyTeam”: cualquier Línea Aérea Asociada a SkyTeam distinta de AIR FRANCE y KLM por cuyos servicios se pueden conseguir Millas de Categoría y Millas de Premio y canjear Millas de Premio, tal y como se estipula en las Comunicaciones FB, publicadas con cierta regularidad.
“Términos y Condiciones Generales”: aquellos términos y condiciones que rigen el Programa.
“Gold”: tercer nivel del Programa. Un Socio puede acceder a este nivel y tendrá derecho a aquellos servicios y ventajas ligados al mismo si ha acumulado o ha efectuado en el curso de un año civil: (i) 40.000 Millas de Categoría o 30 Vuelos Elegibles (para aquellos Socios que tengan su dirección postal para las Comunicaciones FB fuera de Francia metropolitana o Mónaco) o (ii) 60.000 Millas de Categoría o 30 Vuelos Elegibles (para aquellos Socios que tengan su dirección postal para las Comunicaciones FB en Francia metropolitana o en Mónaco). En la Comunicación FB se detallan los servicios y ventajas ligados a este nivel.
“Ivory”: nivel básico del Programa. Los Socios se afiliarán automáticamente en dicho nivel. En la Comunicación FB se detallan los servicios y ventajas ligados al mismo.
“KLM”: Koninklijke Luchtvaart Maatschappij N.V. (KLM Royal Dutch Airlines), sociedad anónima según la legislación de los Países Bajos, inscrita en el registro mercantil de Ámsterdam con el número 33014286, con domicilio social principal en Amsterdamseweg 55, Amstelveen, Países Bajos.
“Millas de Categoría”: aquellas Millas que sirven para establecer el nivel del Socio dentro del Programa. Las Millas de Categoría se obtienen con vuelos de AIR FRANCE, KLM, las Empresas Asociadas a SkyTeam y los Transportistas Participantes excepto Air Calin. Aquellas Millas obtenidas utilizando como medio de pago la tarjeta de crédito American Express Gold de AIR FRANCE-KLM (reservada a los Socios que dispongan de cuenta bancaria en Francia) también son elegibles como Millas de Categoría. Aquellas Millas obtenidas utilizando como medio de pago la tarjeta de crédito American Express Flying Blue (reservada a los Socios que dispongan de cuenta bancaria en Países Bajos) sólo son elegibles como Millas de Premio.
“Socio”: aquel Socio del Programa cuya identidad está impresa en la Tarjeta y al que se le ha asignado un número de registro en el Programa. Únicamente los Socios tienen derecho a los servicios y ventajas ofrecidos por el Programa.
“Tarjeta de Socio” y “Tarjeta”: la Tarjeta de Socio del Programa, emitida y distribuida por la Sociedad tras la aprobación por ésta de la solicitud de afiliación al Programa.
“Millas”: Millas de Premio y Millas de Categoría. Una milla es la unidad de medida de las distancias. “Empresa No Aérea Asociada”: empresa asociada distinta de SkyTeam u otras Líneas Aéreas Asociadas cuyos servicios permiten conseguir o canjear Millas de Premio, tal y como se describe en las Comunicaciones FB, publicadas con cierta regularidad.
“Transportista Participante”: cualquier Línea Aérea Asociada participante en el Programa, que utiliza éste como su programa de fidelidad. Los Transportistas Participantes son Kenya Airways, Air Calin y Air Europa. Esta lista puede modificarse en cualquier momento.
“PIN”: número de identificación personal que proporciona acceso a la cuenta personal del Socio en Internet.
“Platinum”: nivel más alto (cuarto) y exclusivo del Programa. Un Socio puede acceder a este nivel y tendrá derecho a aquellos servicios y ventajas ligados al mismo si ha acumulado o ha efectuado en el transcurso de un año civil: (i) 70.000 Millas de Categoría o 60 Vuelos Elegibles (para aquellos Socios que tengan su dirección postal para las Comunicaciones FB fuera de Francia metropolitana o Mónaco) o (ii) 90.000 Millas de Categoría o 60 Vuelos Elegibles (para aquellos Socios que tengan su dirección postal para las Comunicaciones FB en Francia metropolitana o en Mónaco). En la Comunicación FB se detallan los servicios y ventajas ligados a este nivel.
“Programa”: programa de fidelidad de Flying Blue ofrecido por la Sociedad, introducido en 2005 y elaborado para recompensar a aquellos. Socios que viajan con frecuencia con AIR FRANCE, KLM o con otras Líneas Aéreas Asociadas y/o que utilizan servicios elegibles de Empresas No Aéreas Asociadas.
“Ofertas Promocionales”: ofertas especiales temporales que brindan al Socio la posibilidad de obtener Millas de Categoría y/o Millas de Premio adicionales, utilizar menos Millas de Premio para solicitar un Premio o gozar de ventajas adicionales.
“Vuelo Elegible”: vuelo operado por AIR FRANCE, KLM, SkyTeam, Air Calin y Líneas Aéreas Asociadas que permita obtener tanto Millas de Categoría como Millas de Premio, excepción hecha de los vuelos nacionales dentro de Francia para aquellos Socios que tengan su dirección postal para las Comunicaciones FB en Francia metropolitana o Mónaco.
“Silver”: segundo nivel del Programa. Un Socio puede acceder a este nivel y tendrá derecho a aquellos servicios y ventajas ligados al mismo si ha acumulado o efectuado durante el transcurso de un año civil: (i) 25.000 Millas de Categoría o 15 Vuelos Elegibles (para aquellos Socios que tengan su dirección postal para las Comunicaciones FB fuera de Francia metropolitana o Mónaco) o (ii) 30.000 Millas de Categoría o 15 Vuelos Elegibles (para aquellos Socios que tengan su dirección postal para las Comunicaciones FB en Francia metropolitana o en Mónaco). En la Comunicación FB se especifican los servicios y ventajas.
“SkyTeam”: AIR FRANCE, KLM y sus Líneas Aéreas Asociadas: Aeroméxico, Alitalia, Delta, Korean Air, CSA Czech Airlines, Northwest Airlines y Continental Airlines. La participación en esta alianza de líneas aéreas, conocida con el nombre de SkyTeam, puede ser susceptible de cambios
1.2 Condiciones Generales
1.2.1 Los Términos y Condiciones Generales establecen la relación contractual entre la Sociedad y cada Socio. La Sociedad se reserva el derecho de cancelar o sustituir el Programa así como el derecho a modificar o reformar en cualquier momento dicho Programa, las Condiciones Generales, la Comunicación FB, la estructura de acumulación de Millas de Categoría y Millas de Premio, la estructura de Premios, la estructura de canje de Millas de Premio, la participación de cualquier Empresa Asociada en el Programa o los procedimientos del Programa según se describe en los documentos del mismo en cualquier momento. La Sociedad queda exenta de cualquier reclamación en concepto de daños y perjuicios interpuesta por cualquier Socio y que sea resultado de modificaciones exigidas por la legislación particular de un país. La notificación de dichas modificaciones o rectificaciones de las Condiciones se hará pública a través de la Comunicación FB. Las presentes Condiciones Generales y cualquier otra alteración se considerarán aprobadas si el Socio hace uso de la Tarjeta de Socio, pide o utiliza en cualquiera de sus formas un Premio o ventaja ofrecido en el Programa o si no registra ninguna reclamación por escrito en el plazo de 30 días a contar a partir de su notificación. En caso de que un Socio no acepte las modificaciones del Programa, tendrá derecho a finalizar la afiliación según el punto
1.2.2 Cada parte puede finalizar la relación contractual por escrito en cualquier momento. Las Condiciones Generales continuarán en vigor incluso después de la rescisión del contrato. Si es el Socio quien lo hace, tendrá la obligación de devolver a la Sociedad la Tarjeta de Socio cortada por la mitad. Una vez recibida ésta, la Sociedad dará por finalizada la afiliación y el Socio tendrá derecho, durante un período de seis meses contados a partir de la fecha de rescisión, a utilizar todas las Millas de Premio acumuladas. Si la Sociedad pone fin al contrato, todas las Millas de Categoría y las Millas de Premio expirarán a los seis meses de la notificación de la cancelación. En caso de que el Socio realice declaraciones falsas, infrinja la reglamentación de Premios, o cualquier otra normativa estipulada en la Comunicación FB, según el artículo 1.4.7, todas las Millas de Categoría y de Premio se considerarán expiradas tan pronto como la Sociedad notifique el fin del contrato.
1.2.3 La Sociedad hará todo lo que esté en su mano para notificar con antelación suficiente a los Socios la finalización del Programa.
1.2.4 La Sociedad hará todo lo que esté en su mano para garantizar que los Premios, ventajas y oportunidades de conseguir Millas de Categoría y Millas de Premio promocionados como disponibles para los Socios, lo estén realmente. No obstante, AIR FRANCE, KLM o sus Empresas asociadas pueden reducir de forma unilateral la cantidad del Premio propuesto; por consiguiente, la Sociedad no puede garantizar o avalar que dichas facilidades estén disponibles. Por lo tanto, un Socio puede encontrarse con que no existe disponibilidad en un vuelo dado o que un Premio en particular no está disponible.
1.2.5 Todos los Premios y ventajas quedarán sujetos a modificaciones y disponibilidad, incluyendo fechas excluidas tal y como se indica en la Comunicación FB. Podrán aplicarse restricciones y/o modificaciones de carácter local. Cabe la posibilidad de que los Premios, ventajas y oportunidades de acumular Millas de Categoría y Millas de Premio sean proporcionados por Empresas Asociadas con las que la Sociedad haya concluido acuerdos, aunque en dicho caso la Sociedad no puede responsabilizarse de los mismos por carecer de control.
1.2.6 Los Premios, ventajas y posibilidades de ganar y utilizar Millas de Categoría y Millas de Premio quedarán sujetos a las Condiciones Generales de la Empresa Asociada que los proporcione. La Empresa Asociada notificará dichas Condiciones Generales a petición del Socio. Todos los vuelos de AIR FRANCE quedarán sujetos a las condiciones de transporte de AIR FRANCE que pueden consultarse en la página web www.airfrance.com. Todos los vuelos de KLM quedarán sujetos a las condiciones de transporte de KLM, registradas en el juzgado de distrito de La Haya y que se enviarán al Socio previa solicitud de las mismas.
1.2.7 La Sociedad o sus Empresas Asociadas se reservan el derecho de ofrecer a grupos de Socios ofertas de promoción con arreglo al programa de actividades, incluyendo pero no limitándose a vuelos, estancia en hoteles, alquiler de vehículos y ubicación geográfica. Las ofertas de promoción no serán acumulables entre sí. En caso de coincidencia, será de aplicación para el Socio la oferta de promoción que más le beneficie.
1.2.8 El 31 de diciembre de cada año, se fijará el nivel en el Programa a la que el Socio tiene derecho al año siguiente mediante la cantidad acumulada de Millas de Categoría o el número de Vuelos Elegibles realizados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del mismo año. La dirección válida para la categoría del Socio es la dirección postal utilizada para la Comunicación FB. Todas las Millas de Categoría acumuladas y Vuelos Elegibles se deducirán del balance de la cuenta del Socio FB, salvo indicación contraria en la Comunicación FB. Si un Socio no ha acumulado Millas de Categoría durante el año de referencia, descenderá al nivel básico, Ivory. Si un Socio ha acumulado Millas de Categoría durante el año pero éstas no son suficientes para conservar su nivel actual según lo establecido en estas Condiciones Generales, descenderá al nivel inmediatamente inferior.
1.2.9 Para los Socios Ivory, las Millas de Premio tienen una validez de 20 meses. Sólo la acumulación de Millas en vuelos de AIR FRANCE, KLM, Líneas Aéreas Asociadas a SkyTeam y los Transportistas Participantes, o cualquier otra actividad designada como prorrogadora en la Comunicación FB, se considera como actividad prorrogadora. La Sociedad se reserva el derecho a cancelar las Millas de Premio tras un período de 20 meses sin actividad prorrogadora registrada en la cuenta del Socio. Compete al Socio comprobar la fecha de caducidad de sus Millas.
1.2.10 Tras un plazo de 6 años sin que el Socio haya acumulado Millas de Premio, la Sociedad se reserva el derecho a finalizar la afiliación de forma unilateral.
1.2.11 El Socio recibirá los Resúmenes de Millas según su actividad en el Programa. La Sociedad se reserva el derecho a modificar en cualquier momento la regularidad de envío de dichos Resúmenes. No se facilitarán duplicados. La información proporcionada en los Resúmenes de Millas, incluyendo pero no limitándose a ellos, enviados por correo postal, los Resúmenes de Millas electrónicos, el servidor de voz o la página web, es meramente indicativa. Las Millas solamente podrán ser canjeadas por Socios cuya dirección postal sea la de un país donde el Programa sea de aplicación.
1.2.12 En caso de fallecimiento de un Socio, la Sociedad cerrará su cuenta tras la recepción del acta de defunción.
1.3 Afiliación
1.3.1 Sin perjuicio de la legislación local y de la aprobación paterna o del tutor, cuando proceda, el Programa está abierto únicamente a personas físicas de una edad no inferior a 2 años. Aquellas personas jurídicas, u otras entidades jurídicas quedan excluidas de la participación. A modo de alternativa, se ofrece un Programa especial, denominado “Flying Blue Jeune” para aquellos individuos con edades comprendidas entre los 2 y 24 años, y con una dirección postal en Francia, Marruecos, Túnez o los departamentos franceses de ultramar. Pueden obtenerse las condiciones específicas de dicho programa previa petición al Centro de Atención al Cliente.
1.3.2 Cada Socio sólo podrá enviar una solicitud de afiliación y sólo podrá disponer de una cuenta a su nombre. En el caso de cuentas duplicadas, la cuenta con la Categoría inferior o con menos Millas quedará cancelada y todas las Millas de Categoría y Millas de Premio acumuladas en dicha cuenta se transferirán a la otra.
1.3.3 La cuenta y las Millas ganadas por el Socio en cuestión no podrán ser bajo ningún concepto, transferidas, legadas, vendidas o acumuladas – se perciba por ello dinero o no – a la cuenta de Millas de otras personas, tanto si éstas son o no Socios del Programa, o a otras cuentas que pertenecieran a dicho Socio, salvo disposición contraria notificada al Socio.
1.3.4 Aquellos Vuelos Elegibles efectuados, a lo sumo, 3 meses antes de la fecha de firma de la solicitud de afiliación permitan obtener Millas de Categoría y Millas de Premio y deberán ser reclamados de forma retroactiva de conformidad con las normas aplicables a las reclamaciones retroactivas definidas en la cláusula 1.4.6.
1.3.5 El Socio debe proporcionar a la Sociedad su dirección postal correcta para las Comunicaciones FB. En caso de cambio de dirección postal, el Socio lo notificará con la mayor brevedad posible a la Sociedad, por escrito o por medio de la página web del Programa. La solicitud deberá incluir la firma del Socio o su PIN, según el caso.
1.3.6 Cualquier persona elegible que desee afiliarse al Programa debe cumplimentar y firmar una solicitud individual de afiliación al mismo, cuyo tutor legal o representante deberá firmar en caso de que el solicitante sea menor de edad. Se entenderá que cualquier persona que solicite la afiliación al Programa ha leído y aceptado las Condiciones Generales.
1.3.7 La Sociedad se reserva el derecho a rechazar las solicitudes de afiliación de aquellas personas que no cumplan con los requisitos para participar en el Programa.
1.3.8 Cualquier persona cuya solicitud de afiliación haya sido aceptada por la Sociedad obtendrá una cuenta individual, un número de Socio y un PIN que permite el acceso a Internet y a otros servicios descritos en la Comunicación FB. El número de Socio se exigirá para cualquier solicitud relativa a la cuenta. El PIN se comunicará únicamente al Socio. Él será responsable de la utilización de su PIN y no deberá comunicarlo a terceras personas.
1.4 Cumplimiento del Programa
1.4.1 El Socio velará por la exactitud de la información aportada, principalmente la dirección postal, y él será el único responsable de toda información errónea, incompleta, o caducada.
1.4.2 A petición de la Sociedad, el Socio aportará una prueba de identificación válida. La no presentación de la misma durante un plazo razonable establecido por la Sociedad acarreará la suspensión o finalización de la asociación y la pérdida de todas las Millas de Categoría y Millas de Premio ganadas.
1.4.3 Todas las Millas de Categoría, Millas de Premio y Premios correspondientes deberán obtenerse y emplearse según las normas y las directrices expuestas en estas Condiciones Generales. La Sociedad tiene la última palabra sobre si un itinerario reporta Millas de Categoría o Millas de Premio.
1.4.4 No se concederán Millas de Categoría o Millas de Premio por billetes o transacciones no utilizados, falsificados, fraudulentos, extraviados, expirados o reembolsados. No se concederán Millas de Categoría ni de Premio cuando una persona se registre fraudulentamente con el mismo nombre que el Socio.
1.4.5 Se informará de forma inmediata al Centro de Atención al Cliente de cualquier pérdida, sustracción o daño de la Tarjeta de Socio. Tras la notificación por parte del Socio de una pérdida o sustracción de la Tarjeta, o en caso de daño de la misma, se sustituirá ésta por una nueva. La Sociedad no se responsabiliza de la utilización fraudulenta de la Tarjeta o de cualquier incumplimiento por parte del Socio de los contenidos de la presente disposición.
1.4.6 Todas las reclamaciones retroactivas deberán hacerse en el plazo de seis (6) meses tras la realización del vuelo o la transacción en cuestión. Aquellas reclamaciones retroactivas a Empresas Asociadas deberán enviarse por correo postal al Centro de Atención al Cliente o efectuarse en las páginas web de las Empresas Asociadas de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Comunicación FB. Las reclamaciones retroactivas a Líneas Aéreas Asociadas deberán ir acompañadas de los siguientes justificantes: (i) una copia del recibo del pasajero o, en el caso de billetes electrónicos, un documento denominado “memoria de viaje” o Resumen de Viaje y (ii) la tarjeta de embarque original. Las reclamaciones retroactivas a Empresas No Aéreas Asociadas deberán ir acompañadas del original o una copia del contrato o de la factura. Además, la Sociedad se reserva el derecho de exigir en cualquier momento pruebas documentales de la acumulación de Millas. Las reclamaciones retroactivas podrán cursarse únicamente a través de Internet para los vuelos operados por AIR FRANCE o KLM y con código designado AF o KL. No se podrá mantener correspondencia sobre una reclamación retroactiva ni se devolverá la documentación enviada al Centro de Atención al Cliente, por lo que es aconsejable conservar copias.
1.4.7 Queda terminantemente prohibida la venta, compra, corretaje, reventa, permuta o intercambio de Millas de Categoría, Millas de Premio o Billetes de premio o los bonos de canje. Aquellos que infrinjan la presente norma, incluyendo a cualquier pasajero que utilice un Premio comprado o intercambiado podrán correr con gastos por daños y perjuicios además de las costas judiciales. Las Millas de Categoría, las Millas de Premio, y los Premios no tienen ningún valor monetario y no se pueden convertir en dinero.
1.4.8 De producirse infracción de las Condiciones Generales de transporte o de las tarifas de AIR FRANCE, KLM, u otras Líneas Aéreas Asociadas, incluyendo a SkyTeam, las Condiciones Generales de las Empresas No Aéreas Asociadas, la violación grave de las Condiciones Generales, el uso fraudulento del Programa, incluyendo el incumplimiento de la política y procedimientos del Programa, la venta o el intercambio de Premios o billetes, las declaraciones falsas relativas a lo presente, cualquier comportamiento reprobable – descortés o malintencionado con respecto a cualquier empleado de AIR FRANCE, KLM o sus Empresas Asociadas, cualquier comportamiento rebelde a bordo o en las salas VIP, o cualquier Términos y Condiciones Generales del Programa Flying Blue Estas Condiciones Generales estarán disponibles a partir del 1 de abril de 2009. negativa a seguir las instrucciones del personal, podrán acar- rear la cancelación de la cuenta del Socio y la exclusión futura del Programa, así como la cancelación de todas las Millas de Categoría y Millas de Premio adquiridas, y la cancelación de todos los Premios adquiridos con anterioridad aunque no utilizados.
1.4.9 Cualquier infracción significativa de las Condiciones Generales supondrá la confiscación de Billetes de premio en cualquier momento (incluyendo aquellos en tránsito o en escala) y el abono por parte del Socio o pasajero de la tarifa completa aplicable de cualquier tramo ya recorrido con Billetes de premio o con Premios utilizados de forma fraudulenta.
1.4.10 En relación con la ejecución de cualquiera de las Condiciones que rigen el Programa, la Sociedad se reserva el derecho a tomar las medidas legales que considere oportunas contra el Socio y podrá exigir la compensación por daños y perjuicios, minutas de los abogados, así como las costas judiciales.
1.4.11 Los empleados y directivos, o sus herederos o sucesores, de cualquier línea aérea, agencia de viajes, o persona o entidad que represente a o actúe como operador turístico no podrán beneficiarse del Programa, ni de su categoría en éste, consiguiendo Millas u obteniendo Premios, por los servicios ofrecidos por AIR FRANCE, KLM u otra de las Empresas Asociadas a precios especiales, con tarifas reducidas para empleados o precios de empresa disponibles para la industria de viajes.
1.5 Información personal
1.5.1 Toda información personal en relación a la participación de los Socios en el Programa se procesará y se utilizará a efectos de aplicación del Programa, de conformidad con las normativas sobre protección de datos francesa y holandesa, a saber: la ley de protección de datos holandesa (“Wet Bescherming Persoonsgegevens”) y la ley de protección de datos francesa (la “Loi du 6 janvier 1978, telle que modifiée par la Loi du 6 août 2004”). KLM ha notificado a la agencia holandesa de protección de datos (“College Bescherming Persoonsgegevens”) acerca del procesamiento de dicha información personal. AIR FRANCE ha notificado a la agencia francesa de protección de Datos (“Commission Nationale Informatique et Libertés” - CNIL) acerca del procesamiento de dicha información personal.
1.5.2 La información personal será utilizada e intercambiada por AIR FRANCE, KLM y las Empresas Asociadas para el correcto funcionamiento del Programa. Además, para facilitar que AIR FRANCE, KLM o sus Empresas Asociadas ofrezcan productos y servicios, así como para su marketing directo – o con objeto de realizar comunicaciones, la información relativa a cada Socio y a su participación en el Programa se transmitirá de forma confidencial entre AIR FRANCE, KLM y las Empresas Asociadas con esa única finalidad. En caso de que el Socio no desee recibir ofertas de AIR FRANCE, KLM y/o las Empresas Asociadas, podrá oponerse, según ciertas condiciones, al proceso de sus datos para dicho fin, notificándolo en cualquier momento y por escrito al Centro de Atención al Cliente. Para más detalles, nos remitimos a la política de protección de datos personales de KLM en la página web www.klm.com y a la política de seguridad y la confidencialidad de datos de AIR FRANCE en la página web www.airfrance.com.
1.6 Auditoría
1.6.1 La Sociedad se reserva el derecho a auditar todas las cuentas del Programa en cualquier momento y sin previo aviso a los Socios, para garantizar el cumplimiento de la normativa del Programa y las condiciones aplicables de transporte y/o tarifas.
1.6.2 En caso de que una auditoria revelase discrepancias o infracciones, pueden retrasarse los procesos de obtención de Premios y los Resúmenes de Millas así como la acumulación de Millas de Categoría y Millas de Premio hasta que dichas discrepancias o infracciones se hayan resuelto de forma satisfactoria para la Sociedad. En espera de dicha resolución, se prohibirá a los Socios canjear Millas, el acceso a las salas VIP y la utilización de Premios, servicios o privilegios asociados al Programa, a discreción únicamente de la Sociedad.
1.6.3 La Sociedad se reserva el derecho a informar al personal de seguridad de AIR FRANCE, KLM, SkyTeam u otras Líneas Aéreas Asociadas sobre cualquier comportamiento poco respetuoso de un Socio o de las anomalías en las cuentas del mismo.
1.6.4 La Sociedad se reserva el derecho a intercambiar información con Empresas Asociadas o sus agentes con el propósito de realizar auditorias.
1.7 Responsabilidad Civil
1.7.1 La Sociedad declina toda responsabilidad respecto a cualquier daño, fallecimiento, retraso, lesión o pérdida que se derive o esté relacionado directa o indirectamente con servicios, Premios o ventajas proporcionados o no por AIR FRANCE, KLM o las Líneas Aéreas Asociadas o Empresas No Aéreas Asociadas al Programa, excepto en caso de que dichos daños y perjuicios se deriven de una actuación negligente por parte de la Sociedad o hayan sido provocados por la misma con objeto de causar dichos daños de forma consciente y a sabiendas del daño que se podría causar, excepto si se dispone lo contrario en el Convenio de Varsovia (modificado) o en el Convenio de Montreal, la que sea aplicable. Cualquier reclamación deberá ser directamente presentada a la Empresa asociada.
1.7.2 Salvo disposición contraria en las cláusulas 1.2 y 1.7.1 arriba mencionadas, la Sociedad declina toda responsabilidad por cualquier pérdida o perjuicio provocado por la finalización o cambio del Programa, o por cualquier retirada del Programa por parte de AIR FRANCE, KLM u otra de sus Empresas Asociadas. La Sociedad hará lo que esté en su mano por informar a los Socios de cualquier cambio o retirada con la mayor brevedad posible.
1.7.3 En el caso de que la Sociedad o alguna de sus Empresas Asociadas denegase de forma indebida un crédito de Millas, Premios u otras ventajas, la única solución para el Socio será la obtención de estos créditos de Millas, Premios o ventajas indebidamente denegados, si están disponibles, u otras ventajas alternativas comparables que determine la Sociedad, o volver a abonar el crédito de las Millas ya empleadas, según la elección del Socio. En caso de que se produjese cualquier denegación indebida, la responsabilidad civil de AIR FRANCE, KLM o cualquier otra Empresa Asociada quedará limitada al valor del los Premios en cuestión y la compensación tendrá la forma única y exclusiva de un Premio o del abono de nuevo de su valor en Millas de Premio.
1.7.4 La legislación aplicable en ciertos países puede imponer restricciones a las condiciones que rigen la aplicación de la afiliación al Programa. Debido a la legislación y normativas locales, la Sociedad puede no poner a disposición de los Socios bien la totalidad del Programa o partes del mismo en ciertos países o a ciertos individuos. La Sociedad declina toda responsabilidad en cuanto al cumplimiento de dicha reglamentación y, en consecuencia, se reserva el derecho a poner fin a la participación de cualquier Socio en el Programa y cancelar las Millas de Categoría y Millas de Premio que dicho Socio hubiera podido acumular.
1.7.5 El Socio es responsable frente a cualquier reclamación por parte de terceros, incluyendo las autoridades fiscales, que se deriven de su participación en el Programa.
2 Acumulación de Millas
2.1 Las Millas conseguidas por un Socio se ingresarán en la cuenta de dicho Socio con independencia de la identidad de la persona o de la entidad que abone los billetes o servicios, siempre y cuando el Socio presente su número de Socio durante la reserva y retirada del billete o la facturación del vuelo, y/o cuando firme el contrato para la provisión de servicios por parte de un Empresa Asociada. Los Socios son personalmente responsables de informar a terceras personas o una entidad legal que abone los billetes, transacciones y servicios, principalmente a su empleador, respecto a las Millas y ventajas obtenidas con el Programa.
2.2 Todo Socio debe comprobar que las Millas se han abonado en su cuenta a su debido tiempo, bien por el Resumen de Millas, Internet o a través del Centro de Atención al Cliente.
2.3 La Sociedad se reserva el derecho a descontar Millas de la cuenta del Socio que hubiera conseguido Millas de forma fraudulenta.
2.4 Excepto como se especifica en la Comunicación FB, son vuelos válidos para acumular Millas (i) los vuelos regulares con un número de vuelo de AIR FRANCE o KLM, designados por el código AF o KL (se podrá acumular Millas de Categoría y Millas de Premio), (ii) los vuelos regulares con un número de vuelo de una empresa asociada a SkyTeam operado por AIR FRANCE, KLM o una Empresa Asociada a SkyTeam (se podrá acumular Millas de Categoría y Millas de Premio), (iii) los vuelos regulares con un número de vuelo de un Transportista Participante operado por este Transportista Participante o por AIR FRANCE o KLM (se podrá acumular Millas de Categoría y Millas de Premio), (iv) los vuelos regulares con un número de vuelo de una Empresa Asociada Flying Blue operado por esta Empresa Asociada Flying Blue o por AF o KLM o con un número de vuelo de Air Calin operado por Air Calin o por AF o KLM (sólo se podrá acumular Millas de Premio). La acumulación de Millas de Categoría y Millas de Premio podrá reducirse o excluirse de ciertas clases de reserva o tipos de tarifas en AIR FRANCE, KLM o vuelos operados por Líneas Aéreas Asociadas según se especifique en la Comunicación FB. Las tarifas no públicas no son elegibles para la acumulación de Millas, a excepción de las tarifas para grupos. Quedan excluidos los siguientes tipos de tarifas para obtener Millas: Vuelos de premio, tarifas especiales para la industria de viajes, billetes gratuitos o no comerciales, billetes militares o gubernamentales. Todos los servicios ofrecidos por Empresas No Aéreas Asociadas son elegibles para la acumulación de Millas de Premio según las Condiciones que se indiquen en la Comunicación FB. Los servicios propuestos por Empresas No Aéreas Asociadas a precios reducidos para empleados no son elegibles para la acumulación de Millas de Premio.
2.5 Las cancelaciones de vuelos ajenas a la voluntad de AIR FRANCE, KLM, SkyTeam u otras Líneas Aéreas Asociadas, como por ejemplo aquéllas provocadas por condiciones climáticas adversas, conflictos laborales, o razones de seguridad, no darán lugar a la acumulación de Millas de Premio.
2.6 Todas las Millas de Categoría y las Millas de Premio y los consiguientes Premios se obtendrán y usarán según las normas y directrices contenidas en las presentes Condiciones.
2.7 El Socio debe viajar realmente para obtener Millas de Categoría y Millas de Premio. No se otorgarán Millas de Categoría ni Millas de Premio con billetes no utilizados, falsificados, fraudulentos, perdidos, caducados o devueltos. El Socio puede ganar Millas de Categoría y de Premio sólo por el vuelo realizado efectivamente, incluso si adquiere billetes para otras personas o compra varias plazas del mismo vuelo. Como excepción, en vuelos operados por AIR FRANCE y KLM, el Socio puede ganar Millas de Premio en caso de reservar un asiento adicional (para una camilla, para el transporte en la cabina de equipaje frágil de gran tamaño, para una persona con sobrepeso…) siempre que dicho asiento adicional se reserve a nombre del Socio y en la misma clase de reserva que la de éste. En el caso de que se produjera el trasbordo a un vuelo alternativo debido a circunstancias imprevistas, el Socio obtendrá Millas de Categoría y Millas de Premio por el vuelo que el Socio adquirió en principio, no por el trayecto realizado efectivamente. Sólo se podrá abonar Millas en la cuenta del Socio una vez por cada vuelo realizado así como por cada servicio empleado.
2.8 En caso de Promoción de clase, se obtendrán Millas de Categoría y Millas de Premio basándose en la tarifa adquirida y no en la clase real en la que el Socio ha efectuado el viaje.
2.9 La Sociedad realiza todos los esfuerzos posibles para abonar las Millas precisas. No obstante, es responsabilidad del Socio guardar toda la documentación necesaria como tarjetas de embarque o facturas de billetes para una reclamación retroactiva.
2.10 Salvo disposición contraria, bien por parte de la Sociedad o por sus Líneas Aéreas Asociadas, incluyendo SkyTeam, aquellos Socios que también lo fueran de otros Programas de fidelidad sólo podrán acumular tanto Millas de Premio como Millas de Categoría para un Programa por vuelo. De producirse esta coincidencia, los Socios deberán elegir un Programa por cada vuelo.
2.11 En el caso de que el Socio fuese asimismo participante de cualquier otro Programa de fidelidad en los que AF o KL o alguna de sus Empresas Asociadas estuvieran asociadas, la cuenta del Socio no se incrementará por el mismo vuelo o el mismo servicio en ambos Programas a la vez, salvo que se especifique lo contrario en una Comunicación FB.
3 Canje de Millas de Premio por Premios
3.1 Cuando un Socio disponga de un número suficiente de Millas de Premio, podrá solicitar un Premio por escrito, en la página web o por teléfono nombrando al beneficiario, según los procedimientos que rigen la entrega de Premios, y tal como se expone en la Comunicación FB. La Sociedad se reserva el derecho a modificar la reserva de Premios y los procedimientos de solicitud de los mismos.
3.2 Los Premios tienen una validez de 12 meses contados a partir de la fecha de entrega de los mismos, con algunas excepciones como las ofertas de promociones especiales, o aquellos declarados para un mercado específico (la información se hará pública a nivel local). No se permiten modificaciones ni cancelaciones de Premios No Aéreos. Una vez emitido el billete, el Socio puede, sujeto a condiciones, cambiar o cancelar su billete de Premio antes de la salida del primer segmento del vuelo y habrá de notificárselo al Centro de Atención al Cliente. Una vez comenzado el viaje, sólo podrá modificarse la fecha. Las condiciones arriba mencionadas no se aplican a Ofertas Promocionales (tales como Web@wards, Promo Duo, etc.). Tras la fecha de regreso, si no se ha efectuado el viaje, no se podrá reutilizar ni reembolsar el billete de Premio. No se permitirán los cambios de beneficiario bajo ninguna circunstancia. Puede aplicarse una tasa administrativa en caso de cambio o cancelación, según lo estipulado en la Comunicación FB, excepto en los casos debidamente probados de (i) fallecimiento o enfermedad grave, complicaciones graves en el embarazo o lesiones graves del Socio, de uno de los participantes en el Premio, o de un familiar con primer grado de consanguinidad del Socio o (ii) incendio, robo, tormentas, o cualquier otro hecho de carácter similar que suponga un impedimento razonable al viaje del Socio. El Socio deberá presentar los documentos exigidos por la Sociedad y que demuestren la veracidad de los hechos arriba mencionados.
3.3 Todos los Premios Aéreos se llevarán a cabo en rutas operadas por AIR FRANCE, KLM y Líneas Aéreas Asociadas. Los Premios Aéreos pueden quedar limitados a determinados vuelos de código compartido de AIR FRANCE o KLM. Los Billetes de premio en vuelos operados por Líneas Aéreas Asociadas deberán reservarse con una antelación mínima de 2 semanas a la fecha de salida del mismo. Los Premios No Aéreos deberán solicitarse con 2 semanas de antelación mínima a la fecha de utilización del mismo. Se deducirán las Millas en el momento de la emisión del Premio (en caso de Billetes de premio y Premios de Promoción de clase) o del bono (en caso de Premios No Aéreos). Queda terminantemente prohibida la colocación de Socios en listas de espera.
3.4 Todos aquellos segmentos de vuelo que fueran parte del mismo Premio deberán reservarse al mismo tiempo.
3.5 Para viajar con un niño menor de dos (2) años, el adulto que viaje con un Billete de premio tendrá que efectuar una reserva para el bebé en la compañía aérea que emite el billete, de acuerdo a las tarifas aplicables de dicha compañía. Esta reserva no podrá ser efectuada a través del Centro de Atención al Cliente.
3.6 Los beneficiarios que gocen de derecho a reducción en la categoría del viaje (bebés, niños, estudiantes, jubilados, etc.) no podrán obtener una reducción en el número de Millas necesarias para el billete de Premio.
3.7 Los Billetes de premio y los Premios de Promoción de clase son intransferibles y no se podrán utilizar en ninguna línea aérea salvo en aquella cuyo código de línea aérea designada aparezca en el billete, salvo que la línea aérea aplicable decidiera lo contrario unilateralmente.
3.8 Los Premios perdidos, robados, o caducados no podrán ser devueltos, sustituidos o prolongados.
3.9 Cualquier Socio podrá solicitar un Premio de Promoción en una línea aérea elegible tal y como se define en la Comunicación FB, siempre y cuando el Socio disponga de un billete confirmado y emitido con la tarifa plena (no en lista de espera). El Socio podrá canjear Millas de Premio únicamente por un (1) Premio de Promoción de clase por vuelo. Así, será imposible que se beneficie de un Premio de Promoción de clase doble de un billete en Economy Class a uno de Primera Clase. El Premio de Promoción de clase se emitirá de forma exclusiva a nombre del Socio o de la persona elegida por éste.
3.10 El Socio o cualquier beneficiario de un Premio es responsable del abono de las tasas aplicables, así como de los gravámenes y/o costes adicionales asociados con la emisión o utilización de un Premio (incluyendo, pero no limitándose a ellos, los derechos de aduanas, inspección, seguridad, impuestos agrícolas, tasas de carburante y embarque) y de la obtención de los documentos de viaje necesario para el billete de Premio, incluyendo visados, vacunas y seguros. Además, el Socio o el beneficiario se comprometen a cumplir cualquier normativa legal o específica del país que le fuere exigida y a comprobar los trámites aduaneros en vigor en el país de destino.
3.11 Sólo el Socio tiene derecho a solicitar el Premio. El Socio podrá solicitarlo para sí mismo o para cualquier otra persona designada por él en el momento de la solicitud, de conformidad con las Condiciones del Programa. En el caso de que el Socio no esté capacitado legalmente (ancianos o menores de edad), la solicitud del Premio deberá estar firmada por el representante del Socio o su tutor legal.
3.12 En el caso de que un Socio tuviera alguna queja en relación con la utilización de cualquier Premio, deberá notificar la misma al Centro de Atención al Cliente, por escrito, dentro de los 21 días siguientes a la utilización del mismo.
3.13 En función del Premio, los Billetes de premio se enviarán bien a la dirección de e-mail facilitada por el Socio, o se retirarán en el aeropuerto o en las sucursales de AIR FRANCE o KLM con capacidad para emitir Billetes de premio. Tan prontocomo se haya procesado la solicitud de Premio, las Millas exigidas para el Premio se descontarán de la cuenta del Socio según el baremo aplicable en la fecha de solicitud, comenzando por las Millas más antiguas. Los problemas internos de dicha operación pueden provocar descuentos de Millas posteriores en las cuentas. Si los billetes han sido emitidos por establecimientos de AIR FRANCE o KLM o por sus agencias, los Socios tendrán la obligación de mostrar su Tarjeta. Si la persona que recoge el billete no es el Socio, tendrá que presentar, por cada billete recogido, además de la Tarjeta de Socio (o una copia de la misma en su defecto), una prueba de identidad o el carné de identidad del Socio así como un poder firmado por éste, que lleve su firma original, por el que se autoriza la recogida. Este procedimiento podrá ser modificado o suspendido por la Sociedad en cualquier momento. Los Premios No Aéreos se emitirán y enviarán a la dirección postal del Socio. La Sociedad declina toda responsabilidad por pérdidas o retrasos provocados por el servicio de correos, o por los procedimientos aduaneros.
3.14 Los Billetes de premio se emitirán para (i) un vuelo de ida, (ii) un vuelo de ida y vuelta o (iii) un “vuelo de ida y vuelta con fecha abierta” en AIR FRANCE, KLM y/o las Líneas Aéreas Asociadas siguiendo la ruta más directa en ambas direcciones del viaje de acuerdo con los horarios y condiciones especificadas en la Comunicación FB. Sujeto a las condiciones especificadas en la Comunicación FB, puede haber un transbordo en el vuelo (escala). Un “vuelo de ida y vuelta con fecha abierta” es un vuelo de ida y vuelta en el que el punto de salida y de destino son diferentes aunque dentro de la misma zona del premio, o donde el aeropuerto de salida para el viaje de vuelta es diferente del aeropuerto de salida del vuelo saliente aunque dentro de la misma zona del premio. Además, los Billetes de premio también podrán ser emitidos para “vuelta al mundo” en AIR FRANCE, KLM y ciertas Líneas Aéreas Asociadas que aparecen definidas en la Comunicación FB y en principio, serán de la misma categoría de servicio en todo el viaje, e incluirá un punto a mitad de trayecto, siendo éste el punto donde el viaje de salida finalice y donde comience el viaje de vuelta, siempre y cuando no se especifique lo contrario en una Comunicación FB. El número de posibles transbordos (escalas) para dicha “vuelta al mundo” se especificará en el momento de su reserva. Todos los Billetes de premio están sujetos a cambios en la reglamentación del tráfico aéreo, o por decisiones unilaterales tomadas por las líneas aéreas anteriormente mencionadas de cerrar segmentos de vuelo.
3.15 Los Premios de exceso de equipaje incluirán 5 kg adicionales al equipaje normal permitido en la clase que se hubiere abonado o por la categoría del Socio en el Programa. Estos Premios son válidos únicamente en los Vuelos Elegibles de AIR FRANCE y KLM y de determinadas Empresas Asociadas, con excepción de aquellos destinos para los que se aplique el concepto de “equipaje por piezas”. Solamente los Socios o aquellas personas que pertenezcan a su familia, considerándose que pertenecen a ésta exclusivamente los cónyuges por medio de matrimonio religioso, civil o por inscripción como pareja de hecho y los hijos, sujetos a la realización o presentación de pruebas de dicha relación familiar, considerándose como tales el certificado de matrimonio, la declaración jurada de sociedad conyugal o el libro de familia, podrán emplear este Premio de exceso de equipaje presentando el bono del Premio conjuntamente con su billete. Los Billetes de premio no son elegibles para Premios de exceso de equipaje. Se permitirá un máximo de 30 kg de Premio de exceso de equipaje por vuelo y por Socio o beneficiario que pertenezca a su familia. Los Premios de exceso de equipaje no serán aplicables para el equipaje especial ni para el transporte de animales.
3.16 Los Billetes de premio no podrán emplearse para transportes médicos en camilla, sillitas de niños, acompañamiento de niños por personal auxiliar de vuelo o por el beneficio de un asiento extra.
3.17 Premios No Aéreos: todo Socio que disponga del número requerido de Millas válidas se podrá beneficiar de un Premio bien para él o para otras personas por él designadas según ciertas condiciones y sujeto a las restricciones que se notificarán a dicho Socio. No obstante, el Socio no podrá beneficiarse de un Premio en forma de un servicio no aéreo totalmente gratuito a no ser que hubiese conseguido Millas con la Empresa Asociada que proporcione dicho Premio. Cualquier beneficiario de un Premio debe cumplir con los requisitos legales para el uso de dicho servicio (por ejemplo, edad, permiso de conducir) y debe acatar las condiciones expuestas por la Empresa Asociada en cuestión, especialmente en lo referente al abono de depósitos en reservas efectuadas con dichas Empresas Asociadas.

